Requisitos para aprobar la revisión técnica

INSPECCIÓN VISUAL
BASE LEGAL: Títulos V, VII, Ley Nº 18.290 de Tránsito – DS Nº 156/90 DS 53/84
PROCEDIMIENTOS:
2.14 PLACAS PATENTE:
  • 2.14.1 Verificar existencia y legibilidad de placa patente anterior y posterior.
  • 2.14.2 Verificar correcta fijación de placas patente.
  • 2.14.3 Comprobar la correspondencia del Nº de Placa Patente, con los documentos de identificación.
  • 2.15 DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL VEHÍCULO
  • 2.15.1 Verificar la existencia y legibilidad de Nº motor y Nº de Chasis o VIN, según corresponda
  • 2.15.2 Comprobar la correspondencia con los documentos de identificación del vehículo.
  • 2.16 ESTRUCTURA:
  • 2.16.1 Verificar la existencia de fisuras o soldaduras en elementos de la estructura.
  • 2.16.2 Verificar la existencia de apoyapies los que podrán ser retráctiles.
  • 2.17 FOCOS, LENTES, MICAS Y ELEMENTOS REFLECTANTES:
  • 2.17.1 Verificar existencia de lentes y micas.
  • 2.17.2 Verificación de quebraduras en lentes de focos y micas de faroles de señalización.
  • 2.17.3 Verificar la existencia de elementos reflectantes laterales de color ámbar en ambos costados del eje delantero, de color rojo en ambos costados del eje trasero y de color rojo en la parte trasera.
Nota: Los elementos reflectantes podrán ser independientes o formar parte de los focos o luces del vehículo.
  • 2.17.4 Las motocicletas, motonetas, motos todo terreno, (de tres o cuatro ruedas) y otros vehículos motorizados similares de dos o tres ruedas cuya solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, se realice a contar del 1 de septiembre de 2001, deberán contar con un sistema que encienda, automáticamente y mantenga encendido el foco delantero, cada vez que el motor sea puesto en marcha.
  • 2.18 RETROVISORES:
  • 2.18.1 Verificar la existencia y visibilidad de espejos retrovisores izquierdo y derecho, a nivel de manubrio o adosados a éste.
  • 2.19 ASIENTO:
  • 2.19.1 Verificación de la fijación del asiento a la estructura.
  • 2.19.2 Verificar que existan correas o elementos rígidos que actúen como asideros para cada uno de los pasajeros.
  • 2.20 FIJACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL SISTEMA DE ESCAPE.
  • 2.20.1 Estado del múltiple de escape (fugas y roturas).
  • 2.20.2 Estado de los flanches del tubo de escape (fugas y roturas).
  • 2.20.3 Estado del sistema de escape.
  • 2.20.4 Existencia del silenciador.
  • 2.20.5 Estado del silenciador.
NOTA: En caso de que algunos de estos elementos no esté o se encuentre con fuga, la prueba de emisiones no se efectúa.
  • 2.21 RUEDAS Y NEUMATICOS:
  • 2.21.1 Medir la profundidad de los surcos de la banda de rodamiento a través del siguiente procedimiento: La medición de la profundidad de los surcos de la banda de rodamiento de los neumáticos, en general, deberá efectuarse sobre los dos surcos más próximos a la línea central de la banda de rodamiento. En caso de dudas, deberán efectuarse mediciones en por lo menos 3 puntos (aproximadamente equidistantes entre sí) de la circunferencia, en ambos surcos centrales, generándose un total de 6 valores para el neumático medido. Se aceptará el desgaste del neumático si a lo menos en 3 de los 6 puntos medidos, el valor es igual o superior al estándar exigido. Excepto cuando los neumáticos sean lisos de fábrica.
  • 2.21.2 Verificar la existencia de neumáticos redibujados, con telas a la vista o deformaciones.
  • 2.21.3 En caso de neumáticos recapados, comprobar fijación de éste con base original del neumático
  • 2.21.4 Comprobar la fijación de las ruedas a las horquillas.
  • 2.21.5 Verificar la existencia de fisuras, soldaduras o deformaciones en las llantas de ruedas.
  • 2.21.6 Comprobar la falta o deformación de rayos en llantas
  • 2.22 SEÑALIZADORES DE VIRAJE, FRENOS Y POSICION:
  • 2.22.1 Verificar la existencia y funcionamiento de luces de señalización de viraje posteriores.
  • 2.22.2 Verificar la existencia y funcionamiento de luz posterior de frenos.
  • 2.22.3 Verificar la existencia y funcionamiento de luz posterior de posición.
REVISIÓN DE LUCES
BASE LEGAL: Títulos V, VII Ley Nº 18.290 de Tránsito – DS Nº 156/90 – Res Nº 129/93
PROCEDIMIENTOS:
  • 3.1 LUCES:
  • 3.1.1 Accionar interruptores y comprobar encendido de luces altas, bajas y de estacionamiento. Se permiten vehículos que tengan un sistema de encendido de luces al momento de poner en marcha el motor y permanezcan encendidas durante el funcionamiento del mismo.
  • 3.1.2 Comprobación de alineación e intensidad por medio del Luxómetro:
  • a) Instalar el vehículo y el Luxómetro sobre una superficie perfectamente plana y horizontal.
  • b) Localizar el Luxómetro a una distancia entre 30 y 70 cm de los focos siguiendo las instrucciones del manual de operación del instrumento.
  • c) Encender las luces bajas del vehículo, y efectuar las siguientes verificaciones:
  • d) Verificar la alineación del haz de luz del foco.
  • e) Leer el valor de intensidad del haz.
  • f) Encender luces altas y realizar las siguientes verificaciones:
  • g) Verificar la alineación del haz de luz del foco.
  • h) Leer el valor de intensidad del haz.
Repetir el procedimiento anterior y medir los focos del lado contrario.
NOTA: El procedimiento señalado en el punto 3.1.2 se debe ejecutar sólo cuando el punto 3.1.1 (en lo referente a luces altas y/o bajas), tenga por resultado aprobado. En caso de que el punto 3.1.1 haya sido rechazado (en lo referente a luces altas y/o bajas), el punto 3.1.2 se medirá sólo una vez subsanada dicha anomalía.
EMISIÓN DE GASES
BASE LEGAL: Ley Nº 18.290 de Tránsito – DS Nº 156/90 – DS Nº 4/94
PROCEDIMIENTOS:
  • 8.3 MEDIR LAS EMISIONES CONFORME EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO: a) Encender e inicializar el equipo, de acuerdo a las instrucciones contenidas en el manual de operación del instrumento, asegurándose del correcto estado de mantención y calibración del mismo.
  • b) Poner en marcha el motor del vehículo y esperar que éste llegue a su temperatura normal de operación, a través de la verificación de temperatura en el tablero de instrumentos del vehículo.
  • c) Verificar la existencia de fugas en el sistema de escape de acuerdo al punto 2.20
  • d) Insertar la sonda medidora de gases en el tubo de escape del vehículo para que el equipo registre los valores de emisiones de gases en ralentí.
  • e) En el caso de la existencia de más de un tubo de escape, se debe conectar un adaptador que reúna el flujo de gases en un solo tubo, en el cual se insertará la sonda de medición.
  • f) Retirar la sonda del tubo de escape.
  • g) Antes de efectuar una nueva medición, esperar que los valores de emisiones vuelvan al valor mínimo, estando la sonda de gases en contacto con el ambiente.
OBSERVACIONES:
  • Utilizar adaptador para tubos de escape para una correcta ubicación de la sonda.
  • En el caso de motocicletas, solo se mide en ralenti.
  • Es recomendable tomar precauciones especiales para evitar la contaminación de líneas de medición con HC en el caso de motocicletas.
  • En caso de detectarse fuga en el sistema de escape, la prueba no se realiza
  • Esto es lo que compete a la revisión de nuestras motos en las PRT, espero que les sirva.

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